REGLAMENTO “Día de la Madre 2022”

REGLAMENTO “Día de la Madre 2022”

 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES.

Artículo 1. La Promoción pertenece a URBANIZADORA LA LAGUNA S.A. con cédula jurídica, 3-101-010601, denominada para efectos del presente reglamento como “URBANIZADORA LA LAGUNA”; empresa con domicilio en la ciudad de San José, Barrio Otoya, 200 mts Oeste de la Farmacia del Hospital Calderón Guardia.

Artículo 2. Por el “Reglamento” entiéndase este documento por la “Promoción” la actividad promocional que aquí se regula, por “Participante” la persona física o jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento.

Artículo 3. Pueden participar en esta promoción cualquier persona física o jurídica. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN

Artículo 4. URBANIZADORA LA LAGUNA es el único organizador de la Promoción que tendrá vigencia desde el lunes 01 de agosto hasta el miércoles 31 de agosto del 2022 (“Plazo de Promoción”).

Artículo 5. Esta promoción aplica para los proyectos de URBANIZADORA LA LAGUNA detallados en la descripción de la promoción y la misma estará regida bajo la legislación costarricense.

FORMA DE PARTICIPACIÓN Y BENEFICIO

Artículo 6. Quien desee participar en la presente promoción deberá, dentro del plazo para participar, realizar una compra de alguno de los proyectos indicados en la descripción de la promoción comercializados por URBANIZADORA LA LAGUNA. Los beneficios que se ofrecen en esta promoción son,

Descripción de la promoción:

Por la colocación de ventas de una (1) CASA o LOTE o en los proyectos participantes con solicitud de compraventa firmada durante la vigencia de la promoción, el cliente quedará participando en la rifa de una pantalla Smart TV de 70” (pulgadas) marca SAMSUNG.

 

Proyectos participantes:

  • Condominio Hacienda Peraz, ubicado en La Unión de Tres Ríos
  • Condominio Casa Hacienda, ubicado en La Unión de Tres Ríos
  • Condominio Teruma, ubicado en Moravia
  • Condominio Paso Domingo, ubicado en Santo Domingo de Heredia
  • Condominio Los Solares, ubicado en San Rafael de Alajuela
  • Condominio Villa del Sol, ubicado en San Rafael de Alajuela
  • Condominio Hacienda Montemar, ubicado en Carrizal de Alajuela
  • Condominio Francosta, ubicado en Barreal, Heredia
  • Condominio Brisas, ubicado en Nicoya, Guanacaste
  • Condominio Los Murales ubicado en Sabanilla, Montes de Oca
  • Lotes seleccionados en el Condominio Tierras de Café, ubicado en Heredia
  • Lotes seleccionados en el Condominio Vista Real, ubicado en Santa Ana.

 

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

 

Artículo 7. Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones o descuentos establecidos por URBANIZADORA LA LAGUNA. El valor de la pantalla Smart TV de 70” no será aplicable como descuento al precio de venta final. Los precios de venta sobre los que se aplica la promoción serán los establecidos en la lista de precios oficial al momento de la venta.

Artículo 8. Esta promoción NO aplica en ventas ya realizadas o en proceso de venta. Esta promoción aplica exclusivamente en ventas generadas a partir del lunes 01 de agosto hasta el miércoles 31 de agosto del 2022 (Plazo de la promoción).

Artículo 9. Esta promoción NO aplica en unidades en reventa disponibles en los proyectos participantes.

Artículo 10. Esta promoción aplica exclusivamente para clientes que hayan efectuado como mínimo el pago de $2.000 como abono a la prima. El cliente tiene tiempo a cancelar el pago mínimo hasta 22 días posterior a realizada la reserva para participar de la promoción, sin excepción. El comprador debe enviar el comprobante del depósito realizado a la dirección electrónica: [email protected] de URBANIZADORA LA LAGUNA.

Artículo 11. La rifa de la pantalla Smart TV de 70” marca SAMSUNG se realizará 1 mes posterior a la finalización del plazo de la promoción.

Artículo 12. En caso de que la venta se rescinda por responsabilidad del comprador, se penaliza con el total del monto abonado a la fecha o bien de acuerdo con lo indicado en el contrato de compraventa. En el caso que la venta se rescinda por responsabilidad de URBANIZADORA LA LAGUNA, se realizará el reintegro del total aportado descontando de este monto el costo total de la pantalla Smart TV de 70”.

Artículo 13. El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 14. El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación de este. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste.

Artículo 15. Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 16. Para más información o consultas se puede llamar al número (506) 2523 1414 o bien por correo electrónico a [email protected] La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.