TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES.
Artículo 1. La Promoción pertenece a URBANIZADORA LA LAGUNA S.A. con cédula jurídica, 3-101-010601, denominada para efectos del presente reglamento como “URBANIZADORA LA LAGUNA”; empresa con domicilio en la ciudad de San José, Barrio Otoya, 200 mts Oeste de la Farmacia del Hospital Calderón Guardia.
Artículo 2. Por el “Reglamento” entiéndase este documento por la “Promoción” la actividad promocional que aquí se regula, por “Participante” la persona física o jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento.
Artículo 3. Pueden participar en esta promoción cualquier persona física o jurídica. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.
VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN
Artículo 4. URBANIZADORA LA LAGUNA es el único organizador de la Promoción que tendrá vigencia desde el jueves 01 de agosto hasta el sábado 30 de setiembre del 2023 (“Plazo de Promoción”).
Artículo 5. Esta promoción aplica para los proyectos de URBANIZADORA LA LAGUNA detallados en la descripción de la promoción y la misma estará regida bajo la legislación costarricense.
FORMA DE PARTICIPACIÓN Y BENEFICIO
Artículo 6. Quien desee participar en la presente promoción deberá, dentro del plazo para participar, realizar una compra de alguno de los proyectos indicados en la descripción de la promoción pertenecientes a URBANIZADORA LA LAGUNA. Los beneficios que se ofrecen en esta promoción son,
Descripción de la promoción:
• Por la compra de un (1) LOTE o APARTAMENTO en los proyectos participantes el cliente podrá elegir uno (1) de las tres (3) regalías.
Proyectos participantes:
– Condominio Hacienda Peraz, ubicado en La Unión de Tres Ríos
– Condominio Teruma, ubicado en Moravia
– Condominio Avenida del Este, ubicado en Curridabat
– Condominio Villa del Sol, ubicado en San Rafael de Alajuela
– Condominio Los Solares, ubicado en San Rafael de Alajuela
– Condominio Casa Praia Apartamentos, ubicado en Jacó, Puntarenas
– Condominio Hacienda Montemar, ubicado en Carrizal de Alajuela
• Esta promoción aplica en las siguientes opciones a elegir y según su disponibilidad:
– “Mamá decoradora” incluye: tarjeta de regalo valorada en $1.500 (dólares americanos) en tiendas Crate and Barrel.
– “Mamá con Estilo” incluye: tarjeta de regalo valorada en $1.500 (dólares americanos) en tiendas Line Up.
– “Mamá Tecnológica” incluye: 1 Apple Watch SE de 44mm, 1 Airpods y 1 iPad 10.2 de 9na generación (64GB)
RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES
Artículo 7. Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones o descuentos establecidos por URBANIZADORA LA LAGUNA. El valor de la regalía no será aplicable como descuento al precio de venta final. Los precios de venta sobre los que se aplica la promoción serán los establecidos en la lista de precios oficial al momento de la venta.
Artículo 8. Esta promoción NO aplica en ventas ya realizadas o en proceso de venta. Esta promoción aplica exclusivamente en ventas generadas a partir del jueves 01 de agosto hasta el lunes 30 de setiembre del 2023.
Artículo 9. El cliente podrá redimir la regalía una vez se haya completado el pago del 50% de la prima. El cliente tiene tiempo a cancelar el 50% de la prima hasta el 31 de setiembre de 2023 para obtener la regalía en promoción. La entrega de la regalía se efectuará 7 días hábiles posterior al comprobante del pago realizado.
Artículo 10. El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
Artículo 11. El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación de este. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio.
Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste.
Artículo 12. Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
Artículo 13. Para más información o consultas se puede llamar al número (506) 2523-1414 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.